División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
al oficio No. 03741
09 de marzo de 2018.
DCA-0981
Señor
MSc. Oldemar García Segura
Alcalde Municipal
Municipalidad de Aserrí
Fax: 2230-2090
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo, el Convenio para la Concesión del
Servicio de Alumbrado Público suscrito entre la Compañía Nacional de Fuerza y Luz S.A. y la
Municipalidad del Cantón de Aserrí.
Nos referimos a su oficio MA-DJ-064-02-18 de fecha 09 de febrero de 2018, recibido en
esta Contraloría General de la República en fecha 13 de febrero del año en curso, mediante el
cual solicita el trámite descrito en el asunto.
I. Criterio de la División:
En el caso de análisis, es necesario referirse a la competencia de este órgano contralor
para conocer de la solicitud. En ese sentido, el Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública emitido por la Contraloría General de la República,
en resolución R-CO-44-20071 de las nueve horas del once de octubre del dos mil siete,
establece en su artículo 3 inciso 1) aquellos contratos sujetos al refrendo por parte de este
órgano contralor:
“…Contratos administrativos sujetos al refrendo. Se requerirá el refrendo en
los siguientes casos:
1) Todo contrato administrativo de obra pública derivado de la aplicación del
procedimiento de licitación pública, en el tanto el precio contractual alcance el
límite inferior vigente para la aplicación de la licitación pública del estrato
superior inmediato de aquel en el que se encuentra ubicada la Administración
contratante, según lo establecido en el artículo 27 de la Ley de Contratación
1 Reformado mediante resolución No. R-DC-114-2016. Publicada en el Alcance No. 1 de La Gaceta No. 3 del 04 de
enero de 2 ...
Fecha publicación: 10/03/2018
Fecha emisión: 09/03/2018
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
al oficio No.16298
20 de diciembre del 2017
DCA-3564
Señora
Magally Díaz Leitón
Gestora de Proveeduría
Municipalidad de Aserrí
Fax: 2230-20-90
Estimada señora:
Asunto: Se retira sin trámite solicitud de refrendo del contrato suscrito entre la
Municipalidad de Aserrí y el Consorcio Maquinaria Intensus de Costa Rica S.A. y
Maquinaria Electrónica METEC S.A., derivado del procedimiento de licitación pública
2017LN-000001-01 promovida para la “Adquisición de dos camiones recolectores de
desechos sólidos por un monto de $300.000,00 (trescientos mil dólares exactos).
Nos referimos a su oficio No. PMA-186-2017 del 30 de noviembre de 2017, recibido en
este órgano contralor el 1° de diciembre del año en curso, mediante el cual requiere el refrendo
del contrato suscrito entre la Municipalidad de Aserrí y el Consorcio Maquinaria Intensus de
Costa Rica S.A. y Maquinaria Electrónica METEC S.A. derivado del procedimiento de Licitación
Pública 2017LN-000001-01 promovida para la “Adquisición de dos camiones recolectores de
desechos sólidos por un monto de $300.000,00 (trescientos mil dólares exactos).
Por medio del oficio PMA-199-2017 del 12 de diciembre del año en curso, recibido en
este órgano contralor el día 13 del mismo mes y año, el Municipio solicita el retiro del
expediente, por cuanto lo remitido es un borrador de contrato, que no contiene las firmas de los
representantes de la Municipalidad ni del Consorcio Maquinaria Intensus de Costa Rica S.A.-
METEC S.A.
Aunado a esto, manifiesta que por error indicaron en la solicitud inicial enviada a esta
División, que se solicitaba el refrendo de una modificación contractual, lo cual es incorrecto.
I.- Criterio de la División.
Al respecto de conformidad con el último oficio de ...
Fecha publicación: 08/01/2018
Fecha emisión: 20/12/2017
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
al oficio No. 05360
16 de abril de 2015
DCA-0877
Señora
Ana Marcela Marín Mora
Alcaldesa
Municipalidad de Aserrí
Estimada señora:
Asunto: Se refrenda el contrato suscrito entre la Municipalidad de Aserrí y la empresa
Aditec JCB S. A., para la compra de una retroexcavadora y una miniretroexcavadora, por un
monto de $141.000, producto del procedimiento de licitación pública No.2014LN-000001-02.
De igual manera se otorga refrendo a la adenda No. 2 del citado contrato, suscrita el 05 de
marzo de 2015.
Nos referimos a su oficio No. MA-1437-2013 recibido el 20 de noviembre de 2014,
mediante el cual requiere el refrendo al contrato indicado en el asunto.
Mediante oficios No. MA-0059-2015 del 14 de enero de 2015, MA-0127-2015 del 02 de
febrero de 2015, MA-0277-2015 del 10 de marzo de 2015 la Administración brindó información
adicional, presentando con los oficios No. MA-0127-2015 y MA-0277-2015 adendas al contrato
de referencia. Asimismo, aportó documentación mediante oficio No. MA-0450-2015 del 16 de
abril de 2015.
Por disposición del artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de
la Administración Pública, se tiene por acreditado lo siguiente:
1. Análisis técnico de la contratación, suscrito por Jeffry Masis Bonilla, Coordinador de la
Unidad Técnica de Gestión Vial (Folio 84 a 104 del expediente de solicitud).
2. Resolución de adjudicación del Concejo Municipal, adoptada en la sesión ordinaria No.
225 del 18 de agosto de 2014, mediante acuerdo No. 011-225, artículo tercero (Folio
14 del expediente de solicitud).
3. Declaración jurada emitida por el contratista donde indica que no está afecto al
régimen de prohibiciones previsto en los artículos 22 y 22 bis de la Ley de
Contratación Administrativa, y que se encuentra al día en el pago de impuestos
nacionales (Folio 24 del expediente de solicitud).
4. Garantía de c ...
Fecha publicación: 21/04/2015
Fecha emisión: 16/04/2015
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
al oficio No. 02618
18 de febrero de 2015
DCA-0414
Señora
Ana Marcela Marín Mora
Alcaldesa
Municipalidad de Aserrí
Estimada señora:
Asunto: Se brinda autorización para modificar el contrato producto de la licitación pública
No. 2013LN-0000001-03 y se otorga refrendo a la adenda suscrita el 31 de octubre de
2014, así como a la adenda fechada 14 de enero de 2015, al contrato celebrado entre la
Municipalidad de Aserrí y la empresa Lucas Electrohidráulica S. A., producto de la citada
licitación pública.
Nos referimos a su oficio No. MA-1376-2014 de 04 de noviembre de 2014, recibido en este
órgano contralor en misma fecha, mediante el cual solicita el refrendo contralor a la adenda
suscrita el 31 de octubre de 2014, indicada en el asunto.
La Administración remitió información adicional mediante oficio No. MA-1520-2014, MA-
1555-2014, MA-1554-2014, MA-1559-2014 de fecha 09, 16 y 17 de diciembre de 2014
respectivamente, así como mediante oficios No. MA-0046-2015 y MA-0172-2015 del 14 de
enero de 2015 y 16 de febrero de 2015, respectivamente.
I. Sobre la autorización para modificar el contrato
En primer término debe tomarse en consideración que el artículo 200 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa (RLCA), en lo que resulta de interés dispone:
“La Administración podrá modificar unilateralmente sus contratos tan pronto éstos se
perfeccionen, aún antes de iniciar su ejecución y durante ésta, bajo las siguientes reglas:
(…) d) Que se trate de causas imprevisibles al momento de iniciar el procedimiento, sea que
la entidad no pudo conocerlas pese a haber adoptado las medidas técnicas y de
planificación mínimas cuando definió el objeto. (…) Modificaciones que no se ajusten a las
condiciones previst ...
Fecha publicación: 23/02/2015
Fecha emisión: 18/02/2015
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio N° 00574
15 de enero de 2015
DCA-0113
Licenciada
Marcela Marín Mora
Alcaldesa Municipal
Municipalidad de Aserrí
Estimada señora:
Asunto: Se devuelve sin trámite, por no requerir el refrendo de esta Contraloría General, la
escritura pública de compraventa otorgada ante el notario público Rafael Agustín Corrales
Chavarría, por la señora Ana Marcela Marín Mora, Alcaldesa de la Municipalidad de Aserrí
y el señor Johnny Francisco Chavarría Campos, para la compraventa del terreno, matrícula
583515, cabida de 3513,61m
2
, para instalar el plantel municipal en el Cantón de Aserrí, por
un monto de ¢170,491,949.70/100.
Nos referimos a su oficio No. MA-1595-12-14, recibido en esta Contraloría General de la
República en fecha 5 de enero de 2015, mediante el cual remite para refrendo el testimonio de la
escritura pública otorgada ante el notario público Rafael Agustín Corrales Chavarría, por la señora
Ana Marcela Marín Mora, Alcaldesa de la Municipalidad de Aserrí y el señor Johnny Francisco
Chavarría Campos, para la compraventa del terreno, matrícula 583515, cabida de 3513,61m
2
, para
instalar el plantel municipal en el Cantón de Aserrí, por un monto de ¢170,491,949.70/100.
I. Antecedentes de la solicitud
1. Que mediante oficio N° 13631 (DCA-3269) de fecha 8 de diciembre de 2014, esta
Contraloría General autorizó a la Municipalidad de Aserrí realizar mediante el
procedimiento de contratación directa, la compra del inmueble matrícula 583515, cabida
de 3513,61m
2
, propiedad del señor Johnny Francisco Chavarría Campos, para instalar el
plantel municipal en el Cantón de Aserrí, por un monto de ¢170,491,949.70/100.
2. Que para formalizar la adquisición de dicho inmueble, conforme al numeral 32 de la Ley
de Contratación Administrativa y el artículo 190 del Reglamento a esta Ley, en
complemento con e ...
Fecha publicación: 20/01/2015
Fecha emisión: 15/01/2015
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Asunto: SE OTORGA REFRENDO AL CONTRATO CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ASERRI Y LA EMPRESA LUCAS ELECTROHIDRAULICA S. A., PARA CONTRATAR DISEÑO DE CAPTACIONES, LA PLATA DE TRATAMIENTO Y REPARACION DEL TANQUE METALICO, ASI COMO LA CONSTRUCCION DE PLANTA DE TRATAMIENTO, FLOCULADORES, TANQUES DE ENTRADA, FILTRACION Y SALIDA DE TUBERIAS, CIMENTACIONES, ELECTRICIDAD, LLAVE EN MANO; PRODUCTO DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACION PUBLICA NO. 2013LN-0000001-03, POR LA SUMA TOTAL DE ¢ 412.391.237.
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No.05293
30 de mayo de 2014
DCA-1449
Licenciada
Ana Marcela Marín Mora
Alcaldesa
Municipalidad de Aserri
Fax: 2230-20-90
Estimada señora:
Asunto: Se aprueba el contrato y adendas celebradas entre la Municipalidad de Aserrí y la
empresa Lucas Electrohidráulica S. A., correspondiente a la contratación del diseño de
captaciones, la planta de tratamiento y reparación del tanque metálico, así como la construcción de
planta de tratamiento, floculadores, tanques de entrada, filtración y salida de tuberías,
cimentaciones, electricidad, todo bajo la modalidad de llave en mano, derivado del procedimiento
de Licitación Pública No. 2013LN-0000001-03, por la suma total de ¢ 412.391.237,00
(cuatrocientos doce millones trescientos noventa y un mil doscientos treinta y siete colones
exactos).
Nos referimos a su oficio No. MA-0685-2013 de fecha 13 de diciembre de 2013, recibido en este
órgano contralor en la misma fecha, mediante el cual solicita el refrendo contralor al contrato
correspondiente a la contratación del diseño de captaciones, la planta de tratamiento y reparación del
tanque metálico, así como la construcción de planta de tratamiento, floculadores, tanques de entrada,
filtración y salida de tuberías, cimentaciones, electricidad, todo bajo la modalidad de llave en mano,
derivado del procedimiento de Licitación Pública No. 2013LN-0000001-03, por la suma total de ¢
412.391.237,00 (cuatrocientos doce millones trescientos noventa y un mil doscientos treinta y siete
colones exactos).
Esta División requirió información adicional a la Administración contratante, mediante oficios
No. DCA-211 del 27 de enero, DCA-660 del 7 de marzo, DCA-1131 del 25 abril, todos del 2014, los
cuales fueron a ...
Fecha publicación: 04/06/2014
Fecha emisión: 30/05/2014
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 01077
30 de enero, 2014
DCA-0254
Licenciado
Víctor Manuel Morales Mora
Alcalde
Municipalidad de Aserrí
Fax: 2230-2090
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin trámite de refrendo, por no requerirlo, el contrato suscrito entre la
Municipalidad de Aserrí, y Empresas Berthier EBI de Costa Rica S.A., servicios de
tratamiento y disposición de desechos sólidos para el Cantón de Aserrí, por un monto de
cuantía inestimable, producto de la Licitación Pública 2013LN-000001-05.
Damos respuesta a su oficio MA-0677-2013 del 11 de diciembre del año pasado,
mediante el cual se solicita el refrendo del contrato suscrito entre la Municipalidad de Aserrí, y
Empresas Berthier EBI de Costa Rica S.A., servicios de tratamiento y disposición de desechos
sólidos para el Cantón de Aserrí, por un monto de cuantía inestimable, derivado de la Licitación
Pública 2013LN-000001-05.
I. Antecedentes.
De conformidad con el expediente aportado, se comprueba que constan los siguientes
documentos y aspectos de interés:
1) El punto III.3 del cartel “Limitaciones al recibo de desechos” dispone que: “La empresa no
podrá poner limitaciones al recibo de los desechos de determinado sector del cantón o de
determinada actividad generadora de desechos, si estos no son peligrosos (según definición
del decreto 27378-S). Deberá procesar toda la basura entregada en el relleno sanitario,
actualmente son aproximadamente 10.000 toneladas de basura por año y se tiende a un
aumento de 10% anual.”. Además, se consigna en el pliego que el precio cotizado debe
indicarse en forma unitaria, y será por tonelada recibida en el relleno sanitario (ver folios 5,
6, 8 y 9 del expediente administrativo).
2) En la presente licitación se recibió únicamente la oferta de Empresas Berthier EBI de Costa
Rica, quien cotizó un precio de ¢8.85 ...
Fecha publicación: 04/02/2014
Fecha emisión: 30/01/2014
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03396
16 de abril de 2010
DJ-1393-2010
Licenciado
Mario Morales Guzmán
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Estimado señor:
Asunto: Se deniega refrendo el contrato para la compra de 1800 toneladas de mezcla asfáltica
en caliente, suscrito por la Municipalidad de Aserrí y la empresa Asfaltos Orosi
Siglo XXI S.A., producto de la licitación abreviada 2010LA-000001-02.
Damos respuesta a su oficio MA-131-10 de fecha 25 de marzo del año en curso, y remitido a
esta Contraloría General el 5 de abril último, mediante el cual remite para trámite de refrendo el
contrato para la compra de 1800 toneladas de mezcla asfáltica en caliente, suscrito por esa
Municipalidades de Aserrí y la Asfaltos Orosi Siglo XXI S.A., producto de la licitación abreviada
2010LA-000001-02.
Una vez revisada la contratación remitida, así como los documentos que constan en el
expediente aportado, procedemos a realizar las siguientes observaciones:
En el punto 5 del cartel de la licitación, concretamente en lo que respecta a la forma de pago
que se aplicaría en esta contratación, se estableció lo siguiente:
“5. FORMA DE PAGO:
La empresa contratada recibirá la cantidad de 120.000 libros de AC 30 al precio que
fije al consumidor la Refinadora Costarricense de Petróleo el día de la entrega de la
mezcla. La diferencia se cancelará en un solo tracto al recibir a satisfacción los bienes
solicitados. Del monto a pagar se descontará el 2% por retención del impuesto sobre
la renta.” (ver folio 35 del expediente administrativo).
En dicha licitación participó únicamente la empresa Asfaltos Orosi Siglo XXI S.A. (ver folio
69 del expediente administrativo). Una vez analizada la única oferta recibida, y en concordancia con
lo dispuesto en el cartel, el Consejo Municipal de Aserrí, mediante acuerdo #07-203 tomado en la
sesión ordinar ...
Fecha publicación: 19/04/2010
Fecha emisión: 16/04/2010
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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2
DIVISION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 1 2 1 0 4
19 de noviembre, 2009
DJ-1982-2009
Licenciado
Mario Morales Guzmán
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ
Fax 2230 2090
Estimado señor
Asunto: Se aprueba en forma condicionada refrendo del contrato suscrito entre esa Municipalidad de Aserrí y Macroestructuras, S. A.
Damos respuesta a su oficio MA-654-09 de 7 de octubre de 2009, recibido ese mismo día, complementado por oficio MA-631-09, recibido el 13 de noviembre pasado, mediante el cual solicita el refrendo del contrato suscrito entre esa Municipalidad de Aserrí y Macroestructuras, S. A. para la construcción de un nuevo edificio para esa Municipalidad, según licitación pública No.2009LN-000001-07, por un monto de ¢74.750.000,00.
A los efectos, remite el contrato de referencia, a su vez adjunta el expediente administrativo del concurso, en donde consta el pliego de condiciones, las diversas actuaciones del procedimiento, la recomendación de adjudicación, la resolución de adjudicación y otra documentación necesaria para su respectivo refrendo.
Al respecto, tenemos a bien comunicarle que una vez estudiado el expediente administrativo, y realizado el análisis que preceptúa el artículo 8 del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública”, este Despacho concede la aprobación del contrato remitido, bajo las siguientes condiciones:
1) Queda bajo la responsabilidad de esa Administración verificar el cumplimiento de todos los aspectos técnicos de la contratación, para ello deberá contar con el recurso humano calificado.
2) La razonabilidad del precio queda librada a la responsabilidad de esa Administración Licitante, tal y como lo dispone el artículo 9 del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública”.
3) Deberá contarse con la disponibilidad presupuestaria suficiente y disponible para hacer frente a las obligaciones que se generen como producto ...
Fecha publicación: 21/11/2009
Fecha emisión: 18/11/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No.08819
28 de agosto, 2008
DCA-2626
Licenciado
Mario Morales Guzmán
Alcalde
Municipalidad de Aserrí
Costado sur del Parque de Aserrí, San José.
Estimado señor:
Asunto: Se aprueba en forma condicionada el contrato y adenda suscritos entre la Municipalidad de Aserrí y la empresa Consultores Centroamericanos en Ingeniería S. A., para la elaboración de estudio de plan maestro para los acueductos del cantón (licitación pública 2007LN-000001-03).
Nos referimos a su oficio MA-485-2008 de 24 de julio del presente año, mediante el cual nos remite para refrendo, contrato y adenda suscritos entre la Municipalidad de Aserrí y la empresa Consultores Centroamericanos en Ingeniería S.A., para la elaboración de estudio de plan maestro para los acueductos del cantón
Una vez efectuado el estudio de rigor, según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, y por haberse subsanado los aspectos señalados en nuestro oficio No. 7087 (DCA-2111) del 15 de julio de 2008, devolvemos debidamente refrendados los documentos de cita, teniendo a la vista certificación de contenido presupuestario emitida por el señor Francisco Caballero Ruiz, Coordinador del Fondo de Preinversión del Ministerio de Planificación y Política Económica, por lo que queda bajo la exclusiva responsabilidad de ese funcionario la información por él indicada.
Será responsabilidad de esa Administración verificar que la garantía de cumplimiento se mantenga vigente a lo largo de toda la contratación, y que la contratista se mantenga al día con las obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
En cuanto a las cláusulas trigésimo primera y trigésimo segunda aplican las disposiciones contenidas en los artículos 204 y siguientes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Además esa Municipalidad deberá cumplir con los plazos y requisitos nec ...
Fecha publicación: 31/08/2008
Fecha emisión: 28/08/2008
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM